La validez de la autorización de estancia, de residencia y de residencia y trabajo no está condicionada a la posesión de la TIE + Nota de Prensa
Apreciados compañeros y compañeras,
Como ya os informábamos en el último comunicado de la Comisión de extranjería de fecha 5 de noviembre, entre las diversas propuestas trasladadas a las administraciones competentes para superar la problemática generada por la gestión de las citas policiales para los trámites de extranjería, se encontraba la indicación expresa en las resoluciones favorables de autorizaciones de estancia, de residencia y de residencia y trabajo que la eficacia de la autorización concedida no está condicionada a la obtención de la tarjeta de identidad de extranjero, desplegando todos sus efectos aun no estando en posesión de la misma. Informaros que desde el Servicio de Documentación y Archivo del CNP y la Subdelegación de Gobierno en Barcelona nos han hecho llegar una nota de prensa del Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones que os adjuntamos, relativa a la validez de las Resoluciones expedidas en materia de extranjería, cuya eficacia no se encuentra condicionada a la obtención de la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE)
Asimismo, la Comisión de Extranjería sigue trabajando para alcanzar una gestión normalizada de las citas policiales para los trámites de extranjería. Os mantendremos informados de cualquier novedad que se produzca al respecto.
En Barcelona, a 3 de diciembre de 2020.
Comisión de Extranjería
Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB)
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