Seguro colectivo de accidentes
El seguro colectivo de accidentes tiene por objeto cubrir el riesgo de accidentes que puedan sufrir los letrados y las letradas del Colegio de la Abogacía de Barcelona mientras prestan el Servicio de Asistencia a la persona Detenida.
La cobertura se limita a los accidentes que puedan sufrir los letrados y las letradas durante el desarrollo de la asistencia en el centro de detención y primera asistencia en el órgano judicial o fiscalía correspondiente, incluyendo el riego in itinere.
Los capitales asegurados son los siguientes:
- En caso de muerte, 100.000 euros
- En caso de incapacidad permanente, hasta 100.000 euros.
- En caso de incapacidad temporal, una prestación diaria, con un máximo de 90 días, por un importe de 15 euros.
Es necesario presentar directamente a la Mutualidad de la Abogacía, la solicitud y la documentación justificativa del accidente y daños sufridos, junto con certificado emitido por el Turno de Oficio y Asistencia a la persona Detenida acreditativo que el día del día del accidente estaba en situación se guardia, para recibir las prestaciones correspondientes si procede.
Contacto
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Turno de Oficio y Asistencia a la Persona Detenida - Ciudad de la Justicia
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Avinguda Carrilet 3, Edifici D, 1a planta
08902 L'Hospitalet de Llobregat, Barcelona (España) - ASISTENCIA: 902123365 / 932974399 / 936011203
- TURNO DE OFICIO: 934871350
- ÁREA JURÍDICA: 934329015
- torn@icab.cat
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Avinguda Carrilet 3, Edifici D, 1a planta