¿Está prevista en la normativa la situación en que no se puedan recibir las notificaciones por una caída del sistema informático?
El art. 16 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema de LexNet, indica que cuando por cualquier causa, la plataforma LexNet del Ministerio no esté disponible se informará a los usuarios y les facilitará justificante de la interrupción del servicio por causas técnicas por el período transcurrido, a efectos de que se pueda justificar la falta de acceso al sistema por causas técnicas.
La normativa no prevé la exención de la obligación de comunicación telemática cuando la imposibilidad de acceder al sistema sea por causas técnicas en los equipos del usuario.