TURNO DE OFICIO: Venias
Por tanto, es indispensable que el escrito de venia comunique la decisión del/la cliente/a de cambiar de abogado/a, y acredite que Él/la mismo/a ha encomendado el encargo.
Esta solicitud se hará de manera que quede constAncia de la misma, al igual que de su concesión.
Si en el plazo máximo de 48 horas no se responde a la solicitud de venia, se podrá pedir a la Junta de Gobierno del Colegio; en aquellos supuestos en los que la urgencia debidamente acreditada lo aconsejara, corresponderá a la Decana, al Vicedecano y/o a cualquier miembro de la Junta de Gobierno su resolución.
Contacto
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Turno de Oficio y Asistencia a la Persona Detenida - Ciudad de la Justicia
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08902 L'Hospitalet de Llobregat, Barcelona (España) - ASISTENCIA: 902123365 / 932974399 / 936011203
- TURNO DE OFICIO: 934871350
- ÁREA JURÍDICA: 934329015
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