RECORDATORIO | Formación continua de las personas mediadoras
Donde se establece que:
"Formación continuade las personas mediadoras
21.1 Las personas mediadoras inscritas en los registros del Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña deben actualizar su formación específica en mediación acreditando una participación activa mínima de 40 horas bienales en seminarios, jornadas y otras actividades de formación, docencia, supervisión, investigación o publicaciones sobre mediación".
Por este motivo, todas aquellas personas mediadoras que aún no hayan acreditado las 40 horas de formación, nos puede hacer llegar la formación que tengan, y desde el CEMICAB la remitiremos al Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña.
La NO acreditación de la formación implicará que el Centro de Mediación de la Generalitat y pasará a situación de inactivos, hasta que no acredite la formación continuada.
Contacto
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Centro ADR - ICAB (Centro para la Resolución Alternativa de Conflictos)
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Mallorca, 283 primera planta
08037 Barcelona , Barcelona (España) - 93 601 13 20 / 902 50 09 90 / 93 496 18 80
- adr@icab.cat (MEDIACIÓ / MEDIACIÓN)
- adr-arbitratge@icab.cat (ARBITRATGE / ARBITRAJE)
- Horario: de lunes a jueves de 9 a 18 horas / viernes de 9 a 15 horas
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Mallorca, 283 primera planta