La CRAJ informa: Acuerdo del CGPJ referido a la competencia territorial del JPI núm. 50 de Barcelona
Os informamos que la comisión permanente del CGPJ ha adoptado, en fecha 20 de junio de 2024 y en virtud del art. 98.2 LOPJ, un Acuerdo por el cual se atribuye a determinados juzgados, con la competencia territorial indicada para cada juzgado, de forma exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea persona física.
En el caso de Cataluña, en la provincia de Barcelona, este Acuerdo se refiere al Juzgado de Primera Instancia núm. 50 de Barcelona, de forma exclusiva y no excluyente.
Podéis consultar el detalle del Acuerdo en el PDF adjunto.
Documentos
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Comisión de Relaciones con la Administración y la Justicia (CRAJ) | CRAJ - Acuerdos Jutjados, Tribunals y Fiscalia193.8623046875 Kbpdf
Acuerdo del CGPJ referido a la competencia territorial del JPI núm. 50 de Barcelona
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Mallorca, 283