El Parlament de Catalunya aprueba la Ley 9/2020 de 31 de julio, que hace obligatoria la sesión informativa previa de mediación
Establece explícitamente que la mediación es obligatoria cuando se haya pactado expresamente antes del ejercicio de acciones judiciales. Igualmente establece que una vez iniciado el proceso judicial, la autoridad judicial puede derivar en cualquier momento a las partes a una sesión previa obligatoria, y que la carencia de asistencia no justificada no está sometida a confidencialidad y tendrá que ser comunicada a la autoridad judicial.
Por primera vez reconoce la norma un papel protagonista a la abogacía estableciendo que la parte podrá ser asistida durante la sesión informativa y las sesiones de mediación por su abogado/da, y que esta participación letrada será necesaria si así lo requieren las partes o la autoridad judicial.
Contacto
-
Centro ADR - ICAB (Centro para la Resolución Alternativa de Conflictos)
-
Mallorca, 283 primera planta
08037 Barcelona , Barcelona (España) - 93 601 13 20 / 902 50 09 90 / 93 496 18 80
- adr@icab.cat (MEDIACIÓ / MEDIACIÓN)
- adr-arbitratge@icab.cat (ARBITRATGE / ARBITRAJE)
- Horario: de lunes a jueves de 9 a 18 horas / viernes de 9 a 15 horas
-
Mallorca, 283 primera planta