REAL DECRETO LEY 16/2019, de 18 de noviembre, por el cual se adoptan medidas relativas a la ejecución del presupuesto de la Seguridad Social. (BOE de 19 de noviembre de 2019)
La disposición prevé que en el ejercicio de 2019 las ampliaciones de créditos que puedan ser necesarias en el presupuesto del INSS y del Instituto Social de la Marina para atender los gastos derivados de pensiones contributivas, prestaciones de incapacidad temporal, nacimiento y cura de menor, corresponsabilidad en la cura del lactante, riesgos durante el embarazo y la lactancia natural, cura de menores afectados por cáncer u otra dolencia grave, así como las prestaciones de pago único, siempre que estén legalmente o reglamentariamente establecidas y sea obligatorio y no graciable su pago por parte de la Seguridad Social y su cuantía esté objetivamente determinada, podrán financiarse con la previsión de mayores ingresos sobre los establecidos en el presupuesto inicial del ejercicio, a partir de las previsiones de liquidación formuladas por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social con base en las estimaciones realizadas por las entidades desde el sistema de la Seguridad Social.
También prevé el mecanismo para el incremento de la transferencia del Estado a la Seguridad Social para apoyar su equilibrio presupuestario.
Por otro lado, modifica el artículo 1 del Real decreto ley 15/2019, de 8 de noviembre, por el cual se adoptan medidas urgentes para la organización en España de la XXV Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático para adecuar el ámbito subjetivo y realizar determinadas mejoras técnicas respecto de la aplicación del programa de apoyo a este acontecimiento.
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