Proposición de ley de regulación de los regímenes de inelegibilidad y de incompatibilidades y los conflictos de intereses del diputados y diputadas del Parlamento de Cataluña
Entrada en vigor: al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
La proposición de ley deroga: el Artículo 11 de la Ley 3/1982, de 23 de marzo, del Parlamento, del Presidente y del Consejo Ejecutivo de la Generalitat; el apartado primero del Artículo 18 del Decreto Legislativo 2/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 4/1985, del Estatuto de la empresa pública catalana; y el apartado primero del Artículo 10 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, del régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalitat.
La iniciativa responde a la situación que deriva de que, pese a los reiterativos intenso de aprobar una ley que regule el régimen electoral catalán, el Parlamento de Cataluña todavía no ha logrado esta meta. La ausencia de una regulación propia en esta materia conlleva que la mayoría de aspectos de la misma deban regirse por la normativa española sobre el régimen electoral general. Por ello manifiesta que su finalidad es la de agrupar toda la normativa dispersa en materia de incompatibilidad e inelegibilidad de los parlamentarios catalanes, y tener una ley propia catalana en relación a esta materia
Su articulado prevé las causas de inelegibilidad, las causas de incompatibilidad y las autorizaciones de compatibilidad y la obligación de Declaración y registro de bienes, actividades e intereses de las personas sometidas al ámbito de esta ley.
[INICIATIVAS LEGISLATIVAS. PARLAMENT DE CATALUNYA]
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