Nota informativa: incidencias en cambios de jurisdicción en designas de VIDO
Cuando en los procedimientos de Derecho de Familia el Juzgado de Violencia sobre la Mujer se inhibe en favor de los Juzgados de Primera Instancia, la beneficiaria debe comparecer ante el Servicio de Orientación Juridica y tramitar un nuevo expediente de justicia gratuita de modo que le pueda ser conocida la condición de beneficiaria del derecho a justicia gratuita en este nuevo procedimiento y actuar con el letrado adscrito al turno de Derecho de Familia.
El letrado o letrada designado inicialmente (designa de violencia sobre la mujer) solo podrá actuar ante el Juzgado de Primera Instancia, si consta inscrito en el Turno de Derecho de Familia y previa tramitación del expediente de justicia gratuita con petición de designa derivada.
En caso de que el letrado actúe ante el Juzgado de Familia sin haber tramitado un nuevo expediente de justicia gratuita ni haberse efectuado nueva designa, dicha actuación no estará emparada por el derecho de justicia gratuita y no meritará ningún módulo por dicha actuación.
Finalmente, si la inhibición es a la inversa, del Juzgado de Familia al Juzgado de VIDO, la actuación en defensa de la interesada corresponderá al letrado o letrada adscrito al turno de VIDO y la beneficiaria tendrá reconocido el derecho a justicia gratuita por su condición de víctima de violencia sobre la mujer.
Cualquier actuación al margen de las presentes instrucciones no podrá ser abonada con ningún módulo de actuación.
Contacto
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Turno de Oficio y Asistencia a la Persona Detenida - Ciudad de la Justicia
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Avinguda Carrilet 3, Edifici D, 1a planta
08902 L'Hospitalet de Llobregat, Barcelona (España) - ASISTENCIA: 902123365 / 932974399 / 936011203
- TURNO DE OFICIO: 934871350
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