Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las conferencias y reuniones internacionales celebradas en España (BOE del 28 de octubre de 2015)
Regula las inmunidades jurisdiccionales ante los órganos jurisdiccionales españoles de Estados Extranjeros y sus bienes, estableciendo los privilegios e inmunidades del Jefe de Estado, de Gobierno y del Ministro de Asuntos Exteriores del Estado extranjero.
También prevé la inmunidad de los buques de guerra y los buques y aeronaves de Estado, así como el estatuto de las fuerzas armadas visitantes, los privilegios e inmunidades de las organizaciones internacionales con sede u oficina en España y sus bienes, y los privilegios e inmunidades aplicables a las conferencias y reuniones internacionales celebradas en España.
Prevé los supuestos de consentimiento expreso y tácito del Estado extranjero en el ejercicio de la jurisdicción por parte de los órganos jurisdiccionales españoles y las excepciones a la inmunidad de jurisdicción del Estado extranjero
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