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Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE del 22 de septiembre de 2015)

Comisión de Normativa | Comisión Normativa

Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE del 22 de septiembre de 2015)

Entrada en vigor: 07/10/2015. Además de modificar la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, modifica la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera.
Mon Mar 07 00:00:00 CET 2016

Deroga el artículo 10 del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas y la disposición adicional primera de la Ley 41/2010, de protección del Medio Marino.

Incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres, y el Reglamento 511/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativo a las medidas de cumplimiento de los usuarios del Protocolo de Nagoya sobre el acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización en la Unión.

La reforma pretende mejorar la regulación de la gestión de los espacios protegidos e incluye por primera vez entre los principios de la ley, los de evitar la pérdida neta de biodiversidad, así como la prevención de los problemas a consecuencia del cambio climático, que incluye igualmente como uno de los deberes de las administraciones públicas.

Precisa el ámbito competencial de la Administración del Estado y de las CC.AA. como consecuencia de las funciones previstas en la Ley 42/2007 respecto a la gestión del medio marino. Incorpora la información ambiental en el Registro de la Propiedad. Prevé la aprobación de la estrategia estatal de infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológica.

Prevé, expresamente, que las obras necesarias para la conservación y restauración de los espacios protegidos, para la conservación de especies amenazadas, o para la conservación de hábitats en peligro de desaparición, puedan ser declaradas de interés general del Estado.

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