La CRAJ informa. Agencia Tributaria de Cataluña. Información sobre la campaña de Renta y Patrimonio 2021
Os formamos de que, este año, la campaña de la renta 2021 en la Agencia Tributaria de Cataluña, tendrá las siguientes características:
Servicio de atención telefónica: a partir de hoy se puede pedir cita previa, hasta el 29 de junio, a través del teléfono 901 22 33 44, gestionado por la AEAT, indicando una fecha y franja horaria preferentes. Con posterioridad, a partir del día 9 de mayo, la ATC se pondrá en contacto para ofrecer asesoramiento y facilitar la presentación de la declaración por teléfono.
Servicio de atención presencial: desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio, también se podrá solicitar, a través del teléfono 901 22 33 44, cita previa para recibir atención presencial en las oficinas de la ATC a partir del 1 de junio.
En cuanto a la campaña del impuesto sobre el patrimonio 2021: se ofrecerá atención presencial con cita previa del 13 al 22 de junio en las oficinas centrales de la ATC y en las delegaciones territoriales en Girona, Lleida y Tarragona.
En relación a las deducciones en el tramo autonómico del IRPF
Este año, se mantiene la deducción por doble pagador en la cuota íntegra autonómica del IRPF, aprobada por el Gobierno de la Generalitat mediante el Decreto ley 36/2020, de 3 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se la podrán aplicar los contribuyentes que en 2021 hayan sido afectados por un ERTE, se hayan quedado en paro o hayan obtenido ingresos procedentes de un segundo pagador. Hay que tener presente que esta deducción no aparece aplicada automáticamente en el borrador de la declaración de la renta. Esto significa que debe ser el propio contribuyente quien debe marcar la casilla correspondiente para indicar que tiene derecho a esta deducción.
También se mantienen el resto de deducciones en la cuota autonómica que se podían aplicar en la declaración del año pasado, como las relacionadas con la vivienda habitual (adquisición, alquiler o rehabilitación), el nacimiento o adopción de hijos, el pago de intereses de préstamos para estudios universitarios, por viudedad, por donaciones a determinadas entidades o por inversiones de ángeles inversores. El detalle de todas estas deducciones se puede consultar en la sede electrónica de la ATC.
En cuanto a la tributación de los trabajadores autónomos que en 2021 hayan recibido una ayuda en forma de prestación económica única prevista en el Decreto ley 7/2020, de 17 de marzo, o una ayuda prevista en el Decreto ley 39/2020 , de 3 de noviembre, deben declararlo de acuerdo con estos criterios.
Para ampliar la información, puede consultar la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña.
Documentos
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Agencia Tributaria de Cataluña. Información sobre la campaña de Renta y patrimonio 2021
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