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El Tribunal Constitucional confirma el derecho a acceder al atestado

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El Tribunal Constitucional confirma el derecho a acceder al atestado

El Tribunal Constitucional ha dictado sentencia por la que considera aplicable directamente el art. 7 de la Directiva 2012/13/UE (que en el momento en que se produjo la detención objeto de análisis en la sentencia del TC no había sido objeto de transposición al ordenamiento jurídico interno). En este sentido, el TC indica que la negativa a la entrega del material obrante en el atestado comporta vulneración del derecho a la asistencia letrada (art. 17.3 de la CE) que incluye el derecho del detenido y de su letrado a acceder a los elementos fundamentales para impugnar la situación privativa de libertad.
Fri Feb 17 00:00:00 CET 2017

Indica también el TC, que la vulneración del derecho a la asistencia letrada en estos términos implica también la del derecho a la libertad individual del art.  17.1 de la CE.

El ICAB ha formulado solicitud a la Policía de Cataluña- MMEE con la finalidad de que nos indiquen el criterio que aplicaran para facilitar el acceso al atestado y a los materiales del mismo a los abogados designados para la defensa de los intereses de los detenidos. La información que nos sea facilitada os será comunicada oportunamente por los medios de comunicación habitual.

 

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