Convocado el Premio Jurídico Ferrer Eguizábal Edición Extraordinaria 2024 sobre los retos jurídicos de la inteligencia artificial (IA)
La fecha límite para la presentación de los proyectos es el 30 de abril de 2024, hasta las 20.00 horas. Para aquellos proyectos presentados por correo certificado, se considerará la fecha del matasellos.
El letrado Lluís Ferrer Eguizábal, miembro del Colegio de la Abogacía de Barcelona y periodista, constituyó una Fundación que lleva su nombre y que por medio de un Premio quiere promover la investigación y el estudio jurídico.
De conformidad con las previsiones de los Estatutos de la Fundación, al haber sido declarada desierta la última edición del Premio Jurídico Ferrer Eguizábal, la Junta de Gobierno del ICAB ha acordado convocar una Edición Extraordinaria del Premio para galardonar a los dos mejores proyectos de investigación presentados a concurso sobre temas relacionados con los retos jurídicos que plantea la inteligencia artificial (IA), tema que se considera de gran actualidad jurídica.
1.- Podrán optar al Premio los abogados/as, licenciados/das y graduados/das en Derecho y estudiantes de una Facultad de Derecho. No podrá presentarse al Premio el/la concursante que participe en otro premio jurídico convocado por esta Corporación durante 2024, ni tampoco los miembros de la Junta de Gobierno, las personas trabajadoras o colaboradoras no docentes del ICAB. Cada concursante sólo podrá presentarse al Premio con un único proyecto de investigación.
2.- El Premio está destinado a galardonar a los dos mejores proyectos de investigación presentados a concurso sobre temas relacionados con los retos jurídicos que plantea la inteligencia artificial (IA). Cada proyecto de investigación galardonado estará dotado con 5.000 euros.
3.- Las personas interesadas en participar en este Premio deberán presentar en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, dentro del plazo establecido, una solicitud dirigida a la Junta de Gobierno acompañada de la siguiente documentación:
a) El título del tema escogido por la persona concursante y un índice bien detallado del desarrollo del tema propuesto con indicación de la extensión prevista.
b) La propuesta de bibliografía que piensan utilizar para su realización.
c) El calendario de ejecución del trabajo y método que piensan utilizar para la realización del mismo.
d) El “curriculum vitae”, en el que consten los estudios realizados, los diplomas obtenidos y los trabajos de la especialidad publicados o inéditos. La Junta de Gobierno podrá exigir certificaciones de los estudios y diplomas de los trabajos.
e) Un ejemplar en formato electrónico de toda la documentación antes citada.
Los ganadores/as del Premio deberán firmar con el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona un convenio que contendrá las siguientes cláusulas:
- La obligación de realizar el trabajo en los plazos establecidos.
- Sujeción al control de un asesor/a especializado en el tema del trabajo designado por la Junta de Gobierno para que controle su ejecución y oriente al/a la concursante durante la realización del estudio y que informará periódicamente a la Secretaría del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona sobre su desarrollo.
- Los plazos en los que el Colegio entregará el importe del Premio, siempre que al vencimiento de éstos la persona beneficiaria haya realizado la parte del trabajo al que se comprometió en el calendario presentado.
- La indicación de que el beneficiario/a que se retrase en la realización del trabajo en los plazos fijados, sin una justificación adecuada, perderá su derecho al Premio y deberá devolver al Colegio su importe.
- Los retrasos justificados serán tenidos en cuenta para la prórroga del calendario, previa solicitud de la persona beneficiaria avalada por el asesor/a.
Una vez finalizado el proyecto de investigación, el/la concursante lo entregará al Colegio en duplicado ejemplar junto con el informe final del asesor/a que juzgará la calidad del trabajo a efectos de su publicación y podrá recomendar la forma y el lugar.
También entregará un ejemplar en formato electrónico.
4.- Las personas interesadas deberán de presentar en el Registro del Colegio del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (calle Mallorca, 283, 08037 Barcelona, de lunes a viernes de 9.00 a 20.00h) o por correo electrónico a secretariadejunta@icab.cat dentro del plazo establecido, la solicitud normalizada publicada en la página web corporativa del ICAB como Anexo a las Bases.
La fecha límite para la presentación de los proyectos es el 30 de abril de 2024, hasta las 20.00 horas. Para aquellos proyectos presentados por correo certificado, se considerará la fecha del matasellos.
5.- La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona nombrará al Jurado del Premio, que estará formado por dos de sus miembros y por dos o tres integrantes más de reconocido prestigio especialistas en la materia objeto del premio.
El Jurado tiene la facultad de otorgar cada uno de los dos premios ex aequo. En este caso, la dotación económica será distribuida entre los dos proyectos galardonados.
Igualmente, el Jurado, que podrá declarar desierto el Premio, se reserva el derecho de hacer especial mención, sin derechos económicos, de alguno de los proyectos no premiados que por su calidad e interés se hagan dignos.
El Jurado podrá realizar las sugerencias que estime convenientes para mejorar el proyecto de investigación, las cuales serán comunicadas a la persona interesada para tener su aceptación u observaciones.
La decisión del Jurado será notificada por escrito o por correo electrónico a las personas interesadas y se hará publicidad mediante los medios de comunicación corporativos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
La entrega del Premio se efectuará en un acto que se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
6.- El Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona se reserva los derechos de una primera edición de los trabajos resultantes en forma de folleto de libro o de publicación en una revista. La retribución por la cesión de derechos de autor de esta primera edición estará incluida en el importe del premio.
Pasados tres meses después del otorgamiento del Premio sin que el Colegio haya iniciado la publicación, se entenderá que renuncia a la misma.
En el supuesto de que el trabajo resultante no sea publicado por el Colegio, pero sí por otro editor/a - el/la ganador/a tendrán que pedir expresamente la inclusión en todas las ediciones del trabajo de una referencia a que la obra ha sido galardonada con el Premio Jurídico Ferrer Eguizábal 2024 Edición Extraordinaria sobre los retos jurídicos que plantea la inteligencia artificial (IA) y entregarán un ejemplar de la obra editada al fondo de la Biblioteca del ICAB.
7.- El importe del Premio otorgado estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.
8.- La participación en este Premio supone la plena aceptación de las presentes bases.
Barcelona, febrero de 2024
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Gestión de las actividades, servicios o premios organizados por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, así como la comunicación de información sobre los mismos. |
Legitimación |
Las bases de convocatoria del premio; la Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; la Ley 7/2016, de 31 de mayo, de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; los Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. |
Destinatarios |
Únicamente las necesarias para la ejecución de la convocatoria del premio y en cumplimiento de obligaciones legales. |
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