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¿Puede un profesional de la Abogacía aceptar un encargo profesional, cuando mantenga alguna relación de amistad, personal, familiar o económica con la parte contraria?
El profesional de la Abogacía podrá aceptar un encargo profesional, aunque mantenga una relación de amistad personal, familiar o económica con la parte contraria, si tiene el convencimiento que ello no afectará los intereses de su cliente o clienta, pero deberá informarle previamente del hecho, a los efectos de que pueda valorar su elección.