open menu menú
Advocacia Barcelona
Personal area

×Personal area

COllegiate number or ICAB user / DNI / Email
forgot passowrd
×
Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona
professional search
Lawyer / Client

¿Puede un órgano judicial rechazar la renuncia del abogado? ¿Puede un órgano judicial sancionar al profesional de la Abogacía por renunciar a la defensa?

La renuncia a la defensa es un acto que afecta únicamente a la relación profesional de la Abogacía-cliente, y no tiene ningún tipo de regulación jurisdiccional, por lo que el órgano judicial debe aceptar siempre la renuncia y, en consecuencia, no podrá sancionar al profesional de la Abogacía por el hecho de renunciar, aunque la Ley orgánica del Poder Judicial prevé que si la renuncia se practica sin causa justificada, y con menos de siete días de antelación a la fecha de celebración de una vista o diligencia judicial, el profesional de la Abogacía podrá ser sancionado por estas causas, manteniéndose la eficacia de la renuncia.

Share

TÚ PUEDES CONTROLAR EL USO DE LAS COOKIES.

En el ICAB utilizamos cookies en nuestra página. Algunas son estrictamente necesarias para el funcionamiento de la página, y otros son opcionales y se utilizan para:

  • Medir cómo se utiliza la página web.
  • Habilitar la personalización de la página web.
  • Para funciones de publicidad, marketing y redes sociales.

Al hacer clic en 'Aceptar todas', aceptas la instalación de todas las cookies. Si prefieres configurar tú mismo / a o rechazarlas, haz clic en 'Configuración de cookies'.

Para obtener más información, visite nuestra política de cookies.

×