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NOTA DE PRENSA: El Turno de Oficio del ICAB incrementa en enero de 2020 un 20% el número de asistencias realizadas respeto al enero del año anterior

Des del Colegio se quiere destacar que durante el primer mes del año 2020, el ICAB ha recibido un total de 4.942 asistencias, lo que supone un incremento de un 20% respeto al mismo mes del año 2019
Mon Feb 03 00:00:00 CET 2020

Barcelona, 3 de febrero de 2020. Con motivo del ‘Día Internacional de la Abogacía’, el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) quiere poner en valor la figura y el trabajo de la abogacía y muy especialmente con aquellos que prestan el Servicio del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido, ya que garantizan el derecho a la tutela judicial efectiva de toda ciudadanía en igualdad de condiciones.

Des del Colegio se quiere destacar que durante el primer mes del año 2020, el ICAB ha recibido un total de 4.942 asistencias, lo que supone un incremento de un 20% respeto al mismo mes del año 2019 (momento en el que se comunicaron un total de 4.115 asistencias) y de un 27,17% respeto al mismo período del año 2018 (cuando el ICAB recibió 3.886 asistencias letradas).

 Des del Turno de Oficio del Colegio también quieren poner en valor que, a lo largo del año 2019 se comunicaron un total de 60.164 asistencias del Turno de Asistencia a la persona Detenida, de las cuales 55.345 solicitaron asistencia letrada del Turno de Oficio, hecho que supone que el 92% de las personas detenidas o investigadas a la demarcación territorial del Colegio de la Abogacía de Barcelona han sido asistidas por los compañeros y compañeras del Servicio de Defensa de Oficio.

Los usuarios han valorado la asistencia letrada recibida con una puntuación de un 8,9% el que representa una valoración extraordinariamente alta.

 Todos tienen derecho a un abogado o abogada de Oficio, servicio público imprescindible para garantizar el derecho de defensa de las personas. Precisamente la ley 1/2016, de 10 de enero, de asistencia Justicia Gratuita, muestra que la designación de abogado o abogada es un derecho consolidado, exigible a los poderes públicos, y a la vez establece los criterios que se han de cumplir para que este servicio sea gratuito, como por ejemplo es el caso de las víctimas de terrorismo y de violencia de genero.

Para garantizar el derecho a la defensa de las personas detenidas y investigadas la abogacía requiere de la actuación de otros profesionales, como son los traductores, intérpretes y peritos, tal como recoge la ley 1/2016 en el artículo 6. Por este motivo, el Colegio de la Abogacía de Barcelona ha reclamado reiteradamente a la Administración que dote a la justicia de los medios suficientes y complementarios a la abogacía, como queda reflejado en el documento “15 propuestas para una justicia digna”, para poder defender el derecho de defensa de la ciudadanía.

Por todos estos hechos, el ICAB quiere poner en valor la tarea que presta la abogacía del Turno de Oficio, a menudo en condiciones muy difíciles y de acuerdo a unos módulos de retribución muy por debajo del mercado. Reconocimiento que está siendo visible también a través de las redes sociales, gracias a la campaña del Colegio a favor de la #AbogacíaOficio¿

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