NOTA DE PRENSA: El ICAB da a conocer su sistema de Compliance Penal
La presentación se ha realizado en el marco del III Congreso de Compliance y ha puesto en valor la ética y la transparencia en la gestión de las empresas. Gracias a la aplicación de esta medida, el Colegio de la Abogacía de Barcelona se pone a la vanguardia de la gestión ética y la buena gobernanza en las corporaciones de derecho público.
El decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Jesús M. Sánchez; la presidenta de la Asociación Española de Compliance (ASCOM), Sylvia Enseñat; la vicedecana y presidenta del Comité de Ética y Compliance del ICAB, Susana Ferrer; y el abogado y Compliance Officer de la Corporación, Francisco Bonatti, han inaugurado el III Congreso de Compliance, que se ha celebrado los días 31 de marzo y 1 de abril de 202 en la sede del ICAB bajo el lema El paradigma de la gestión ética en las organizaciones.
En el marco de la inauguración del Congreso, que se ha podido seguir también de forma telemática, se ha presentado el sistema de Compliance del ICAB y la política de gestión penal del mismo. En este sentido, el decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Jesús M. Sánchez, ha afirmado: "Estamos implementando en el ICAB un sistema de Compliance porque el principio de transparencia y la ética son valores esenciales para el buen gobierno de las organizaciones". Y ha añadido: “El ICAB quiere convertirse también en un referente en materia de Compliance; la formación que durante hoy y mañana se facilitará a través de este Congreso es fundamental para profundizar en esta materia”. El decano también ha dado a conocer que el Compliance Officer del ICAB es el abogado y vicepresidente de la Sección de Compliance del ICAB, Francisco Bonatti.
Por su parte la presidenta de la Asociación Española de Compliance, Sylvia Enseñat, ha celebrado que de nuevo se haya podido organizar un nuevo Congreso sobre Compliance con el ICAB y ha destacado la importancia que todas las empresas cuenten con sistemas de Compliance y adopten medidas para su cumplimiento efectivo. También ha puesto en valor la figura del Compliance Officer dentro de las organizaciones.
La vicedecana y presidenta del Comité de Ética y Compliance del ICAB, Susana Ferrer, ha explicado que el Compliance es una herramienta que sirve para reforzar el buen gobierno y la gestión ética de las empresas a través de procedimientos para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos y buenas prácticas para la prevención, gestión, control y reacción frente a éstos. Por ello el ICAB está implementando un sistema ágil de Compliance que cuenta con dos comités.
El abogado y vicepresidente de la Sección de Compliance del ICAB, Francisco Bonatti, ha afirmado que es “un honor y responsabilidad asumir el cargo de Compliance Officer del ICAB” . Y a continuación ha explicado los detalles del Sistema de Gestión de Compliance Penal (SGCP) del Colegio de la Abogacía de Barcelona, que está basado en el principio de tolerancia cero frente al delito.
En este sentido, Bonatti, ha expuesto que las políticas de Compliance diseñadas para el ICAB se basan en la ética y la transparencia y tienen en cuenta la estructura singular de los colegios de la abogacía, que están presididas por una Junta de Gobierno que suele estar integrada por profesionales, en este caso de la abogacía, que no son directivos profesionales y que cuentan con un staff técnico de soporte. Por ello, el sistema de Compliance del ICAB cuenta con dos comités: un Comité de Ética y Compliance, y un Comité técnico de Compliance Penal.
El Comité de Ética y de Compliance lo preside la vicedecana del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Susana Ferrer, y está integrado por otros miembros de la Junta y la Gerencia del ICAB. Las funciones de este comité son las de velar por el cumplimento efectivo de la Política y del Sistema de Gestión de Compliance Penal, adoptando las decisiones ordinarias y convocando a la Junta de Gobierno cuando lo considere necesario; hacer un seguimiento y mejora continua del Sistema de Gestión de Compliance Penal, proponiendo los acuerdos a adoptar; impulsar y adoptar las medidas disciplinarias o correctivas ordinarias e informar a la Junta de Gobierno previamente para que ésta pueda implementar medidas disciplinarias; tomar cautelarmente aquellas decisiones ejecutivas urgentes necesarias para impedir o mitigar incumplimientos graves de esta Política y supervisar el trabajo del Comité Técnico de Compliance.
El Comité técnico de Complinance Penal (CTC) realiza las funciones de implantación, evaluación y mejora del sistema de Compliance Penal. Está integrado por representantes de los departamentos de deontología, informática, recursos humanos, secretaría de Junta y finanzas del Colegio.
La figura del Compliance Officer tiene la responsabilidad de planificar, ejecutar y dirigir la acción del Comité Técnico de Compliance y asistir a las reuniones del Comité de Ética y Compliance con la finalidad de reportar y dar soporte técnico al Órgano de Gobierno y Alta Dirección.
La Política de Compliance del ICAB se aplicará a todas las personas que integran la Comunidad Colegial (la Junta de Gobierno, las Comisiones y Secciones) cuando desempeñan sus funciones laborales, colegiales o representen a la Corporación. Por ello, todos los integrantes de la Comunidad Colegial tienen el deber de colaborar para alcanzar la eficacia del Sistema de Gestión de Compliance Penal, informando sobre aquellos riesgos, conductas e incumplimientos de los que tenga conocimiento o sospecha.
Entre las medidas establecidas en el sistema de Compliance Penal del ICAB cabe destacar que se ha habilitado, un canal de denuncias - totalmente confidencial y anónimo- para detectar e informar sobre el incumplimiento de la Política de Compliance Penal o posibles conductas no éticas, siempre y cuando puedan comportar responsabilidad penal para el Ilustre Colegio de la Abogacía -conforme al Artículo 31 Bis del Código Penal.
Con independencia del Canal de Denuncias, cualquier integrante de la Comunidad Colegial puede realizar sus denuncias y comunicaciones directamente al Compliance Officer, a los integrantes del Comité Técnico de Compliance o a cualquier miembro de la Junta de Gobierno.
La política de Compliance Penal y Sistema de Gestión de Compliance Penal ICAB, la política del Canal de Denuncias e Investigaciones y los derechos y garantías para los denunciantes y denunciados son documentos que se pueden consultar en el Portal de Transparencia de la web del Colegio de la Abogacía de Barcelona, www.icab.cat, y concretamente en un nuevo apartado creado sobre Compliance.
Gracias a la aplicación de esta medida, el Colegio de la Abogacía de Barcelona se pone a la vanguardia de la gestión ética y la buena gobernanza en las corporaciones de derecho público.
Tras esta exposición se ha dado paso a las siguientes mesas del III Congreso de Compliance, que ha tenido como objetivo realizar un análisis del pasado, presente y futuro de esta herramienta esencial en la gestión ética de las empresas. Concretamente durante el jueves se han abordado “Los riesgos de Compliance en las fusiones y adquisiciones de empresas. Seguridades e inseguridades” y “La directiva de whistleblowing y si es un valor para definir un estándar de ética en el seno de la Unión Europea”. También se han celebrando las mesas sobre “El sector público y la ética de los negocios en tiempo de pandemia”; “El pasado, presente y futuro de la función de Compliance en las organizaciones” y “El compliance y la libre competencia”.
El III Congreso sobre Compliance ha continuado el viernes con la realización del análisis sobre “La gobernanza, liderazgo y compliance: ‘del tone from the top al tone from the middle’”; “La normalización de la gobernanza en las organizaciones” y “ La evaluación de los modelos de prevención de delitos: una perspectiva jurisprudencial”.
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