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Llei Orgànica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegis i immunitats dels Estats estrangers, les Organitzacions Internacionals amb seu o oficina a Espanya i les conferències i reunions internacionals celebrades a Espanya (BOE del 28 d’octubre de 2015)

Entrada en vigor: 17/11/2015. Modifica el art. 21.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y la circunstancia 1ª del apartado 2 del art. 36 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Prevé que, en caso de concurrencia normativa con disposiciones de un Tratado internacional en el que España sea parte, será de aplicación preferente el tratado internacional.
Mon Nov 30 00:00:00 CET 2015

Regula las inmunidades jurisdiccionales ante los órganos jurisdiccionales españoles de Estados Extranjeros y sus bienes, estableciendo los privilegios e inmunidades del Jefe de Estado, de Gobierno y del Ministro de Asuntos Exteriores del Estado extranjero.

También prevé la inmunidad de los buques de guerra y los buques y aeronaves de Estado, así como el estatuto de las fuerzas armadas visitantes, los privilegios e inmunidades de las organizaciones internacionales con sede u oficina en España y sus bienes, y los privilegios e inmunidades aplicables a las conferencias y reuniones internacionales celebradas en España.

Prevé los supuestos de consentimiento expreso y tácito del Estado extranjero en el ejercicio de la jurisdicción por parte de los órganos jurisdiccionales españoles y las excepciones a la inmunidad de jurisdicción del Estado extranjero

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