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Convocado el Premio Jurídico Ferrer Eguizábal 2024 sobre Derecho administrativo

El letrado Lluís Ferrer Eguizábal, miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y periodista, constituyó una Fundación que lleva su nombre y que por medio de un Premio quiere promover la investigación y el estudio jurídico.

Mon Sep 30 14:29:00 CEST 2024

De conformidad con las previsiones de los Estatutos de la Fundación, la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) convoca una nueva Edición del Premio Jurídico Ferrer Eguizábal sobre Derecho administrativo, de acuerdo con las Bases siguientes:

1.- Podrán optar al Premio los abogados/as, licenciados/as y graduados/as en Derecho y estudiantes de una Facultad de Derecho. No podrá presentarse al Premio el/ la concursante que participe en otro premio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2024, ni tampoco los miembros de la Junta de Gobierno, las personas trabajadoras o colaboradoras no docentes del ICAB. Cada concursante sólo podrá presentarse al Premio con un único trabajo.

2.- El Premio, que está dotado con 3.000 euros, está destinado a galardonar la mejor monografía publicada entre el 1 de enero y el 2 de diciembre de 2024 que se presente a concurso en materia de Derecho administrativo.

3.- Las monografías que opten al Premio, junto con la correspondiente solicitud normalizada, deberán presentarse en el Registro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (calle Mallorca, 283, 08037 Barcelona) y la fecha límite de presentación será el 2 de diciembre de 2024. Para aquellas monografías enviadas por correo certificado, la fecha del matasellos determinará la aceptación o no del envío.

4.- La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona nombrará el Jurado del Premio, que estará formado por dos de sus miembros y por dos o tres integrantes más de reconocido prestigio especialistas en materia de Derecho administrativo.

El Jurado tiene la facultad de otorgar el Premio ex aequo. En este caso la dotación económica será distribuida entre los dos trabajos galardonados.

Igualmente, el Jurado, que podrá declarar desierto el Premio, se reserva el derecho de hacer mención especial, sin derechos económicos, de alguno de los trabajos no premiados que por su calidad e interés lo merezcan.

La decisión del Jurado será notificada por escrito o por correo electrónico a las personas interesadas ​​y se dará publicidad mediante los medios de comunicación corporativos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

La entrega del Premio se efectuará en un acto que se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

5.- El importe de los premios otorgados estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.

6.-  El galardonado/da entregará un ejemplar de la obra premiada publicada a la Biblioteca del ICAB.

7.- La participación en este Premio supone la plena aceptación de las presentes bases. La Junta de Gobierno resolverá cualquier aspecto no previsto que se pueda plantear. 

Barcelona, septiembre de 2024

 

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Responsable
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Gestión de las actividades, servicios o premios organizados por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, así como la comunicación de información sobre los mismos.
Legitimación
Las bases de convocatoria del premio; la Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; la Ley 7/2016, de 31 de mayo, de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; los Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. 
Destinatarios
Únicamente las necesarias para la ejecución de la convocatoria del premio y en cumplimiento de obligaciones legales. 
Derechos
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