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2005: La Generalitat debe dictar resolución expresa del resultado favorable de la Auditoría financiera a la cual ha sido sometida el Turno de Oficio

El control financiero al cual ha sido sometido el Colegio respecto a la subvención atorgada para a la gestió del torn d’ofici i les despeses d’aquest servei ha resultat plenament favorable. La Junta de Govern ha acordat interposar recurs d’alçada davant el Conseller de Justícia contra l’escrit de la Directora General d’aquest Departament que al·lega el caràcter intern de la auditoria y por tanto, según la Dirección General no se debe notificar la resolución definitiva al citado procedimento.
Thu Jun 23 00:00:00 CEST 2005
En relación en la Auditoría Financiera realizada al Departamento del Turno de Oficio y del Servicio de Orientación Jurídica de esta Corporación por parte de la Intervención de la Generalitat de Catalunya, respecto de las subvenciones otorgadas por la Generalitat en concepto de gastos generadas por la gestión colegial del servicio del Turno de Oficio y el Servicio de Orientación Jurídica, la Junta de Gobierno manifiesta:

Que en fecha, 29 de octubre de 2004, la Dirección General del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya, decidió iniciar el mencionado procedimiento de auditoría. Esta auditoría fue realizada por la empresa Deloitte S.L, con resultados favorables a la gestión colegial.


Que dado que desde la Dirección General del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya, nunca se notificó a esta Corporación el cierre del procedimiento administrativo incoado formalmente, y teniendo en cuenta la normativa vigente que exige la resolución expresa de estos tipos de procedimientos (artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común), el Colegio envió al mencionado Departamento, escrito en este sentido:

Ante la negativa de la Dirección General del Departamento de Justicia a resolver expresamente, alegando "que se trata de un expediente interno que acaba con un informe que la Intervención General eleva al órgano concedente, sin que sea preceptivo dar conocimiento a la entidad beneficiaria de la subvención >>, la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, en fecha 21 de junio de 2005, ha acordado interponer recurso de alzada ante el Conseller de Justicia, a fin y efecto que revoque el anterior acto administrativo, haciendo cumplir una de las elementales garantías del Estado de Derecho, que es la necesidad de que todo procedimiento administrativo incoado formalmente se acabe de la misma forma.

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